Buscar este blog

viernes, 6 de noviembre de 2009

PEQUEÑA PEQUEÑA HISTORIA MARRUECA: ALCAZARQUIVIR



Tomás Ramírez Ortiz

Reflexión del autor sobre Marruecos: “El recuerdo de este país odiado al principio, se vuelve querido por los que allí vivimos y nacimos. La evocación de su nombre nos lleva a una retrospección cuyo resultado no puede ser más positivo. En mayor o menor medida todos nosotros –los que allí hemos vivido- tenemos al país y a sus gentes anclados en nuestro subconsciente colectivo”.

Esta es la esencia de este libro escrito por Tomás Ramírez Ortiz, el deseo de plasmar un conjunto de sensaciones, evocaciones, reminiscencias... Y también homenajear a todas aquellas personas que, durante la niñez del autor, fueron parte del paisaje y de las vivencias de la ciudad de Alcazarquivir.

Este conjunto de remembranzas y recuerdos están envueltos en un contexto histórico, que sin tratar de ser minucioso (ese sería trabajo de un historiador, no de un narrador), permiten al lector acercarse de forma más clara al mundo que el autor destaca. De hecho, el autor hace un ruego a “aquellos más eruditos y mejor informados para que obvien lo escaso y no lo tengan en cuenta”. “Este trabajo –añade- está hecho con amor a mi tierra”.

Las inundaciones del río Lucus, las calles de la ciudad, las costumbres de los judíos y de los moros...en fin, los recuerdos felices de una época bella, más allá de los problemas y las injusticias que toda convivencia humana provoca.

Puede que algún lector encuentre deslices históricos, alguna fecha fuera de lugar, pero el autor –como hemos dicho- ha declarado previamente que “posee poca información científica” y lo importante es sumergirse en la parte que dedica a sus vivencias personales, que retratan un Alcazarquivir entrañable.

Editorial Algazara – ISBN 84-87999-81-6
c/ Lisboa, 48 – 29006 Málaga
Teléfono: 952 35 82 84
Fuente: www.lamedina.org

miércoles, 4 de noviembre de 2009

Los hombres que no amaban a los Inmigrantes

Me han denegado por tercera vez , la solicitud de permiso de residencia y trabajo por circunstacias excepcionales 72 horas despues de la fecha de entrada de la dicha solicitud. Me encuentro en una situacion jurudica perfectamente adaptada a las normativas que regulan este tipo de tramites. . dispongo de todos los requisitos . residencia en españa desde 2004 de manera continua. informe de la administracion local favorable .. sin antecedentes penales ni infracciones a la ley en ningun pais (Marruecos - España)) y cuento con un contrato de trabajo solido

Resolucion Express

solo le ha faltado a la administracion 72 hora para resolverlo por denegada , aplaudo la agilidad de la administracion pero me preocupa la filosofia que dan a entender estos agentes administrativos cuando vayan interpretando lo llamado ( el trato individual ) a los expedientes de arraigo social como les apetece ,lo que es en realidad la unica salida que tenemos nosotros, el colectivo de inmigrantes irregulares , unica salida hacia ejercer nuestro derecho a una vida digna y poder participar en la construccion de la españa multiple. solo he visto humo, cuando se trata de arraigo social. y fantasmas cuando se trata de arraigo laboral. El estado ajusta sus cuentas tributarias con las empresas a nuestra cuesta.. da lecciones de respeto a los derechos humanos y el derecho de trabajo a cuesta de unos individuos hartos de vivir en el margen, devorando sus sueños que algun dia tendran sus papeles y podran pagar por fin algun dinero a hacienda ..
Me tienen en la raya de la dilencuencia.. eso que he tirado mi titulos y mis masters .. hare el rol que el estado me obliga a jugar.

viernes, 9 de octubre de 2009

l'ISlam en Caixa Forum



Caixa forum nos acerca el arte islamico ... una aproximacion bella de la vida , el arte y la ciencia de los siglos que se caracterizaron por la expancion politica del Estado Islamico ..
tome nota de las sensaciones, los comentarios, y la belleza del espacio donde reina una energía genuina ...a saber que el arte islamico :

-No es un arte característico de una religión, sí de una cultura donde la clase dirigente y la mayoría profesaba el Islám

-El punto de partida de esta cultura está en Mahoma y el Corán, recopilación de textos revelados al profeta por Alá Por lo tanto no es un arte religioso como el Paleocristiano, sino que sería equiparable al gótico o barroco.

pero hay que verlo.

  • de CaixaForum Barcelona
    Del 09/10/2009 al 17/01/2010

  • :

    Exposición
  • Tipo de público:

    Público General
  • Horario:


    De lunes a domingo, de 10.00 a 20.00 h
    Sábados, de 10.00 a 22.00 h
  • Centro:

    CaixaForum Barcelona, Av. Marquès de Comillas, 6-8. 08038 BARCELONA

lunes, 5 de octubre de 2009

Mi tio el mago

He discubierto que tengo un tio mago y artista.. desde aqui te mando un saludo muy grande,se que te lo has currado duro tu y tu mujer.. algun dia nos veremos... estoy magicamente orgulloso ...
www.cheddadimagic.com

domingo, 9 de agosto de 2009

¿Sin papeles? Aqui tienes una posibilidad de regularizacion


SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
1
cons130c
El 7 de febrero pasado se ha producido la entrada en vigor del Reglamento
de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de
los extranjeros en España y su integración social (con excepción de su
artículo 45.2.a, que se refiere a la figura del arraigo laboral, y cuya entrada
en vigor se producirá el próximo 8 de agosto), así como del Real Decreto
2393/2004, de 30 de diciembre, aprobatorio del citado Reglamento, de
conformidad con lo previsto en la Disposición final cuarta de dicho Real
Decreto.
Una de las aportaciones más destacadas del citado Reglamento es la nueva
regulación, en el artículo 45.2.b) del mismo, dentro de las autorizaciones de
residencia temporal por circunstancias excepcionales, de la autorización de
residencia temporal por razones del denominado arraigo social, en
desarrollo de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000.
Por ello, de conformidad con el apartado 1.b) del artículo 6 del Real Decreto
1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y en el que se atribuye
a la Dirección General de Inmigración la competencia para elaborar
instrucciones en materia de inmigración dirigidas a los órganos periféricos de
la Administración General del Estado, esta Dirección General ha resuelto
dictar las siguientes Instrucciones de desarrollo del artículo 45.2.b) del
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000:
I.- De conformidad con los artículos 31.1, 3 y 4 de la Ley Orgánica 4/2000 y
45.2.b) de su Reglamento, se podrá conceder una autorización de residencia
por razones de arraigo al trabajador extranjero que acredite la permanencia
continuada en España durante un periodo mínimo de tres años, siempre que
reúna los siguientes requisitos:
- carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o de
anterior residencia por delitos existentes en el ordenamiento español,
- no tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en
el espacio territorial de los Estados miembros del Espacio Schengen,
- contar con un contrato de trabajo firmado por él mismo y por el
empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a
un año, y
- acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes, o presentar
un informe que acredite su inserción social emitido por el Ayuntamiento
en el que tenga su domicilio habitual.
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
2
A estos efectos, los vínculos familiares se entenderán referidos
exclusivamente a los cónyuges, ascendientes y descendientes en línea
directa.
II.- La autorización de residencia por razones de arraigo, que no requerirá
visado, deberá ser solicitada personalmente por el trabajador extranjero ante
el órgano competente para su tramitación (salvo en el caso de trabajadores
extranjeros de entre 16 y 18 años, o incapaces, en el que podrá presentar la
solicitud su representante legal siempre que acredite dicha condición),
acompañada de la siguiente documentación:
a) Pasaporte en vigor o título de viaje, según lo previsto por el artículo
46.1.a) del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
b) Contrato de trabajo, según lo establecido por el artículo 46.1.b) del
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
El contrato de trabajo deberá haber sido firmado por el trabajador
extranjero y por el empresario o empleador en el momento de la solicitud,
y su duración no será inferior a un año. Sus efectos estarán
condicionados a la entrada en vigor de la autorización de residencia y
trabajo solicitada.
El Ayuntamiento correspondiente podrá recomendar que se exima al
extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo, siempre
y cuando acredite que cuenta con medios de vida suficientes.
c) Documentación acreditativa de encontrarse en la situación referida en el
artículo 45.2.b) del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000:
c.1) Aquélla que acredite, de forma objetiva, la secuencia de una
permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de
tres años, cualquiera que hubiera sido la situación administrativa del
solicitante. Se otorgará preferencia a la acreditación de esta
permanencia mediante aquellos documentos que reúnan los
siguientes requisitos:
- Haber sido emitidos y/o registrados por una Administración Pública
Española,
- Ser documentos originales o copias debidamente compulsadas, y
- contener los datos de identificación del interesado.
Sin perjuicio de la presentación de otros documentos registrados o
emitidos por los Ayuntamientos, la permanencia continuada en España
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
3
se presumirá acreditada cuando así conste a través del padrón del
municipio en el que el extranjero tenga su domicilio habitual.
Cuando se tuviera constancia de que el extranjero hubiera salido de
España en los últimos tres años, no existirá impedimento para entender
que la permanencia ha sido continuada siempre que las ausencias no
hayan superado 120 días en dicho periodo de tiempo.
c.2) Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades
del país o países en que haya residido durante los cinco últimos años
anteriores a su entrada en España, en el que no deberán constar
condenas por delitos existentes en el ordenamiento español.
Dicho certificado de antecedentes penales deberá estar, en su caso,
traducido al castellano o a la lengua cooficial en los supuestos previstos
en el artículo 36 de la Ley 30/1992, y, salvo supuestos excepcionales y
debidamente motivados sobre los que se deberá elevar consulta a esta
Dirección General de Inmigración, previamente legalizado por la Oficina
consular española con jurisdicción en el país en el que se ha expedido y
por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, salvo en los
casos en que dicho certificado haya sido apostillado por la Autoridad
competente del país emisor signatario del Convenio de La Haya, de 5 de
octubre de 1961, sobre la eliminación del requisito de la legalización de
documentos públicos extranjeros.
c.3) En los supuestos de arraigo basados en la acreditación de
vínculos familiares con otros extranjeros residentes, deberá
acreditarse dicho vínculo familiar como cónyuge, ascendiente o
descendiente en línea directa, mediante documento que reúna los
elementos necesarios para producir efectos en España.
Además de la acreditación de los vínculos familiares, el interesado podrá
presentar un informe municipal de inserción social a través del cual se
recomiende que se exima a aquél del requisito del contrato de trabajo si
contase con medios de vida suficientes.
c.4) En los supuestos de arraigo acreditado mediante informe municipal
de inserción social, dicho informe será emitido por el Ayuntamiento en
el que el extranjero interesado tenga su domicilio habitual, en el modelo
que figura como Anexo I a las presentes Instrucciones, remitiéndose, por
el Ayuntamiento, copia del mismo a la Delegación o Subdelegación del
Gobierno competente en relación con la correspondiente solicitud de
residencia temporal por razones de arraigo. En dicho informe deberá
constar:
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
4
- el tiempo de permanencia del trabajador extranjero en dicho Municipio
(especificando el que consta al Ayuntamiento),
- los medios de vida con los que cuente,
- su grado de conocimiento de la lengua o lenguas oficiales en la
Comunidad Autónoma en la que esté ubicada el Municipio,
- la inserción del trabajador extranjero en las redes sociales de su
entorno,
- los programas educativos o de formación laboral en instituciones
públicas o privadas en los que haya participado o participe el
trabajador extranjero o sus familiares directos, y
- cuantos otros extremos puedan servir para determinar su grado de
arraigo, incluyendo, siempre que sea posible, los referidos a la
vivienda en la que tiene su domicilio.
En los supuestos de arraigo acreditado mediante informe municipal de
inserción social, dicho informe municipal de inserción social, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común (aplicable en materia de
procedimientos en todo lo no previsto por el Reglamento de la Ley
Orgánica 4/2000, de acuerdo con la Disposición adicional segunda del
mismo Reglamento), no tendrá carácter vinculante.
El informe municipal de inserción social será emitido por el Ayuntamiento
exclusivamente a los fines de la tramitación de la correspondiente
solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias
excepcionales por razones de arraigo, presumiéndose que la elaboración
del mismo ha estado en todo momento presidida por el principio de
buena fe, y que en el mismo no se ha cometido, a sabiendas de ello,
ningún tipo de falsedad o simulación que pudiera ser objeto de las
correspondientes actuaciones administrativas o penales.
Además de emitir el informe acreditativo de la inserción social del
extranjero, basado en la consideración conjunta de todos los aspectos,
anteriormente citados, que habrán de constar en el mismo; y en caso de
tener dicho informe sentido positivo, el Ayuntamiento podrá, tal y como
anteriormente se ha señalado, recomendar que se exima al extranjero
del requisito de contar con un contrato de trabajo, siempre que éste
haya acreditado que cuenta con medios de vida suficientes. Dicha
recomendación, como tal, y según lo establecido por el Reglamento de la
Ley Orgánica 4/2000, se hará en oficio de la Autoridad municipal
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
5
competente dirigido al Delegado o Subdelegado del Gobierno, y no
tendrá carácter vinculante para la Administración General del Estado.
Cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 58.a) a f) del
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aportándose la documentación
prevista en el artículo 59.2.d) a g) del mismo, el extranjero podrá alegar
que los medios de vida derivan de una actividad laboral a desarrollar por
cuenta propia.
En relación con la presentación de solicitudes de autorización de residencia
por circunstancias excepcionales por razones de arraigo, se recuerda la
regulación, en la Disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 4/2000, de
la inadmisión a trámite de solicitudes reiteradas ya denegadas, de aquéllas
manifiestamente carentes de fundamento, etc.
Se enumeran, a título ejemplificativo, algunos supuestos de solicitudes
manifiestamente carentes de fundamento:
- Cuando no se presente el pasaporte en vigor o título de viaje del
extranjero solicitante.
- Cuando la documentación presentada para acreditar la permanencia en
España muestre indubitadamente que no cumple este requisito.
- Cuando no se presente certificado de antecedentes penales expedido por
las Autoridades de su país de origen o procedencia.
- Cuando no presente un contrato de trabajo firmado por trabajador y
empresario o empleador, de, al menos, un año de duración, o, en su
defecto, presente la documentación acreditativa de que cuenta con otros
medios de vida.
- Cuando no se presente documentación acreditativa de la existencia de
vínculos familiares con extranjeros residentes o con españoles ni
tampoco un informe municipal de inserción social del Ayuntamiento
donde tiene su domicilio.
III.- Según lo establecido en el artículo 46.4 del Reglamento de la Ley
Orgánica 4/2000, el órgano competente para tramitar la solicitud de
autorización de residencia, podrá requerir del extranjero interesado que
aporte los documentos señalados anteriormente u otros documentos que
sean necesarios para justificar los motivos de la solicitud, y le manifestará
que, de no hacerlo en el plazo que se señale en la notificación, que no podrá
ser superior a un mes, se le tendrá por desistido de la solicitud y se
producirá el archivo del procedimiento.
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
6
IV.- Asimismo, el órgano competente para tramitar la solicitud de
autorización de residencia podrá requerir la comparecencia del solicitante
y mantener con él una entrevista personal sobre los requisitos alegados
para su solicitud, la documentación aportada, su grado de conocimiento
de la lengua o lenguas oficiales, etc., entrevista que, en su caso, se
celebrará según el procedimiento y con los efectos previstos en el artículo
46.5 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, quedando constancia del
contenido de la misma mediante acta levantada según el modelo que
figura como Anexo II a las presentes Instrucciones.
V.- Según el artículo 45.7 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, la
concesión de una autorización de residencia por razones de arraigo, que
tendrá una duración de un año, llevará aparejada una autorización de
trabajo en España durante la vigencia de aquélla (salvo si aquélla es
concedida a menores de edad), si bien la eficacia de la autorización de
residencia (y trabajo) concedida estará condicionada a la posterior
afiliación y alta del trabajador extranjero en la Seguridad Social en el plazo
de un mes desde la notificación realizada a éste, según lo previsto en el
artículo 46.7 del citado Reglamento. Cumplida esta condición, la
autorización comenzará su periodo de vigencia.
En los casos en que se conceda una autorización de residencia por
razones de arraigo al demostrar que existen medios de vida que se
derivan de una actividad por cuenta propia, se concederá una autorización
de residencia y trabajo por cuenta propia inicial que comenzará su periodo
de vigencia cuando conste la afiliación y/o alta en el régimen
correspondiente de la Seguridad Social.
En los casos en que se conceda una autorización de residencia por
razones de arraigo al acreditar otros medios de vida, sin necesidad de
acreditar la afiliación y/o alta en la Seguridad Social, se concederá una
autorización de residencia cuyo periodo de vigencia comenzará a partir de
la notificación de la misma al interesado. No obstante, quien obtenga una
autorización de residencia pro esta vía podrá presentar una solicitud de
autorización de trabajo si acreditase, durante el periodo de vigencia de
dicha autorización de residencia, que se cumplen los requisitos previstos
en los apartados b), c), d) y e) del art. 50 del Reglamento de la L.O. 4/2000.
La autorización de trabajo que lleva aparejada la autorización de
residencia por razones de arraigo no exigirá la consideración del requisito
del artículo 50.a) del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 en relación
con la situación nacional de empleo, y con carácter general estará limitada
al ámbito geográfico y sector de actividad a que se refiera el contrato de
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
7
trabajo que aporte el solicitante, salvo que la Autoridad competente para
su concesión estime la existencia de razones para eliminar esta
limitación.
En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la autorización de
residencia temporal por razones de arraigo, el extranjero deberá solicitar
personalmente la tarjeta de identidad de extranjero, según lo previsto en
el artículo 46.8 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
VI.- En cuanto a la renovación o cese de la situación de residencia
temporal por razones de arraigo, será de aplicación el artículo 47.3 y 4 del
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
Madrid, de junio de 2005.
La Directora General,
Marta Rodríguez-Tarduchy Díez
SRES. DELEGADOS DEL GOBIERNO Y SRES. SUBDELEGADOS DEL
GOBIERNO.
C/C. SRA. DIRECTORA GENERAL DE INTEGRACIÓN DE LOS
INMIGRANTES.
C/C. SR. DIRECTOR DEL GABINETE DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN.
C/C. SR. COMISARIO GENERAL DE EXTRANJERÍA Y DOCUMENTACIÓN.
C/C. SRA. SUBDIRECTORA GENERAL DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE
FLUJOS MIGRATORIOS.
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
8
C/C. SR. SUBDIRECTOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN.
ANEXO I: MODELO DE INFORME MUNICIPAL DE INSERCIÓN SOCIAL DE UN
EXTRANJERO, A EMITIR POR EL AYUNTAMIENTO EN EL QUE ÉSTE TIENE SU
DOMICILIO HABITUAL, EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA
TRAMITACIÓN DE UNA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR
RAZONES DE ARRAIGO, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LOS ART. 45.2.b)
Y 46.2.c) DEL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, SOBRE DERECHOS
Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN
SOCIAL, APROBADO POR R.D. 2393/2004:
Informe municipal de inserción social n.º _____/200_.
Ayuntamiento de _____________________________ (Provincia _______________)
COMPARECE:
1) DATOS PERSONALES DEL EXTRANJERO INTERESADO:
Nombre: ________________________ Apellidos: _________________________ ,
sexo V, M (táchese lo que no corresponda), nacido/a el ____ /_____/____ en
______________________________, de nacionalidad _______________________,
con domicilio en ________________________________________, y n.º de pasaporte
________________________.
2) INFORME ACREDITATIVO DE LA INSERCIÓN SOCIAL DEL TRABAJADOR
EXTRANJERO:
LA PERSONA MANIFIESTA:
CRITERIOS VALORADOS EN EL INFORME:
2.1. Tiempo de permanencia en España del extranjero interesado:
a. Fecha de entrada en España, manifestada: __/__/____.
b. Tiempo total de permanencia en el Municipio, manifestado: _________________
c. Tiempo total de permanencia en España, manifestado: _____________________
d. CONSTA al Ayuntamiento (padrón municipal, etc.) su permanencia en el
Municipio desde fecha __ de __________ de ____.
2.2. Medios de vida con los que cuenta el extranjero interesado:
Que dispone de medios de vida, lo cual acredita con la documentación siguiente
(señalar cuáles):
- Compromiso de contratación firmado por el/la empleador/a y el/la solicitante.
- Certificación o documentación bancaria.
- Otros: ayudas sociales, etc.
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
9
2.3. Grado de conocimiento de la/s lengua/s oficial/les en el territorio de la
Comunidad Autónoma.
El/la extranjero/a interesado/a declara que conoce la/s lengua/s oficial/es en el
territorio de la Comunidad Autónoma, en el siguiente grado:
- Grado de conocimiento de la lengua castellana:
Hablado: no, nivel mínimo, correcto, bilingüe (táchese lo que no corresponda).
Escrito: no, nivel mínimo, correcto, bilingüe (táchese lo que no corresponda).
- Grado de conocimiento de la lengua _______________:
Hablado: no, nivel mínimo, correcto, bilingüe (táchese lo que no corresponda).
Escrito: no, nivel mínimo, correcto, bilingüe (táchese lo que no corresponda).
2.4. Grado de inserción en las redes sociales del entorno:
Que colabora en las redes sociales del municipio a través de su participación en:
Nombre y tipo de la/s entidad/es, y características de la participación: _____________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
2.5. Programas educativos o de formación laboral en los que haya participado el
trabajador extranjero o sus familiares directos:
El trabajador extranjero acredita que él o sus familiares directos han participado en los
siguientes programas educativos o de inserción social y/o laboral:
Fecha y duración
del programa
Participante Entidad
organizadora
Nombre del
Programa
Que no ha participado en programas educativos o de formación laboral.
2.6. Otras circunstancias de interés (superficie y número de personas
empadronadas en la vivienda que habita, etc.):
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
10
Vista la instancia y documentación aportada por el/la interesado/a domiciliado/a en
este municipio solicitando informe de arraigo social, según lo previsto en el art. 45.2.b)
de Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, aprobado por R.D. 2393/2004.
Este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2.c) del citado
Reglamento, emite INFORME
FAVORABLE por haber quedado acreditado su arraigo en el municipio.
DESFAVORABLE por (indicación de los motivos del carácter desfavorable del
informe, tales como la falta de constancia de determinadas circunstancias de las
manifestadas, con indicación de las mismas) _________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
El/la representante legal del Ayuntamiento
o persona en la que delegue,
__________________________________
Sello del Ayuntamiento y registro de salida
El presente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el art. 109.c) de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer el interesado, conforme a
lo previsto en los art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, ante este mismo Órgano o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo
competente, conforme a lo previsto en los art. 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime
oportuno.
De acuerdo con el art. 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter personal, autorizo expresamente a que el Ayuntamiento que emite el presente informe
municipal de inserción social remita copia del mismo a la Delegación o Subdelegación del Gobierno
competente en relación con la resolución de la correspondiente solicitud de autorización de residencia
temporal por razones de arraigo, a los únicos efectos de que se tramite dicha autorización de
residencia, por mí solicitada, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su Reglamento,
aprobado por Real Decreto 2393/2004.
Firma del extranjero interesado:
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
11
Notifíquese al extranjero interesado por medio que permita tener constancia
de su recepción, y remítase copia a la Delegación o Subdelegación del
Gobierno competente en relación con la resolución de la correspondiente
solicitud de autorización de residencia temporal por razones de arraigo.
ANEXO II: MODELO DE ACTA DE LA ENTREVISTA PERSONAL,
REALIZADA AL TRABAJADOR EXTRANJERO, POR LA
DELEGACIÓN/SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN
_______________________, EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO
PARA LA TRAMITACIÓN DE UNA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES,
DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 46.5 DEL
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO,
SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN
ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL, APROBADO POR REAL
DECRETO 2393/2004, DE 30 DE DICIEMBRE.
1) DATOS PERSONALES DEL TRABAJADOR EXTRANJERO:
Nº pasaporte
1er apellido 2º apellido
Nombre Fecha de nacimi ento
Lugar de nacimiento Sexo V M Estado civil S C V D
País de nacimiento País d e nacionalidad
Domic ilio en España C./Pl. Nº Piso
Tel. Localidad CP Provincia
2) ACTA DE LA ENTREVISTA PERSONAL:
En , siendo las horas, del día
de de , se procedió a la realización de entrevista personal a D./Dª.
, solicitante de una autorización de
residencia temporal por circunstancias excepcionales, de conformidad con lo establecido en
el artículo 46.5 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos
y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto
2393/2004, de 30 de diciembre.
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
12
En cumplimiento de lo establecido en el citado artículo 46.5 del Reglamento de la Ley
Orgánica 4/2000, estuvieron presentes, en la realización de la entrevista al citado/a señor/a,
en representación de la Administración General del Estado, las siguientes personas:
− D./Dª. , con puesto de trabajo
, en la Delegación/Subdelegación del Gobierno en ; y
− D./Dª. , con puesto de trabajo
, en la Delegación/Subdelegación del Gobierno en .
Igualmente, en cumplimiento del mismo precepto, estuvo presente, en la realización de la
entrevista, en calidad de intérprete, D./Dª. .
El contenido de la entrevista fue el que sigue:
SECRETARÍA DE ESTADO DE
INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN
CORREO ELECTRONICO: C/JOSÉ ABASCAL, 39
dginmigracion@mtas.es 28071, MADRID
TEL: 91 363 16 39
FAX: 91 363 16 76
13
Terminada la entrevista, el acto se dio por finalizado, firmando las personas participantes en
la misma en conformidad con lo realizado, a las horas, del día de de
____.
El/la trabajador/a extranjero/a El/la intérprete,
entrevistado/a,
D./Dª. D./Dª.
El/la representante de la El/la representante de la
Administración General del Estado, Administración General del Estado,
D./Dª. D./Dª.

jueves, 16 de abril de 2009

Cinco ideas falsas sobre la inmigracion en España

Falsos conocimientos y prejuicios verdaderos hacen de la inmigracion un chivo expiatorio ideal. Cinco ideas falsas sirven de acta de acusacion:
1- España esta amenazada por una invasion migratoria. Este temor se basa en un doble supuesto; demostrar que el pais sufre la amenaza de una invasion y el de la interpretacion de las cifras que confirmarian esta obsession.
2-la Inmigracion entra en competencia con la mano de obra nacional y ejerce presion a la baja sobre los salarios. Pero basta con aplicar esta afirmacion a la estructura global de los asalariados para medir su falsedad.
3-Los inmigrantes se benifician indebidamente de las leyes sociales favorables. No hay nada mas falso. Los inmigrantes que trabajan legalmente en españa cotizan a los sistemas de Seguridad Social y de pensiones. El hecho de que perciban los derechos vinculados a estas cotizaciones es simplemente de justicia, al menos si se acepta que España es un Estado de derecho que rechaza la esclavitude.
4-La riqueza de España provoca un efecto de llamada en los paises pobres. No es tanto el desarollo de España como la importancia de su sector informal lo que provoca este efecto, aunque exista realmente.
5-La inmigracion amenaza con alterar la identidad de España. Toda sociedad tiende naturalmente a defender su identidad. Es legitimo. Pero hay que subrayar de entrada que una identidad cerrada no existe en niguna parte. La identidad española esta basada sobre la diferencia y la diversidad prencipalmente, ya que historicamente antes de la primera ola de inmigracion que conocio España, la identidad española sigue igual que hoy. La identidad española depende hoy dia de la coexistaencia entre las diferentes identidades que contiene el mismo pais. dicho de otra manera. la identidad catalana nunca se ha visto como parte de la identidad española y su continua preocupacion ha sido realizarse y independizarse . Es decir que la inmigracion peligra la identidad catalana es pura chorrada.

estas falsa ideas pueden llevar a debilitar el Estado de derecho y alimentar la politicas de marginalizacion y justificar el no hacer/ no decir contra nuevas olas de xenofobia que igual son sin importancia hoy, pero mañana podran ser graves.


lescturas propias en notas del Dr. Sami Nair

sábado, 11 de abril de 2009

Yeshua, Saban y su hijo

Tengo un apellido raro.. Bensabban. Algunos familiares de mi padre les figura en el libro familiar Bensabane.. o Ben saban y asi.
Hoy vi un articulo importante en la vanguardia del 9-10 de abril en la contraportada , una entrevista a un tal Mario Javier Saban. Según el , Saban es apellido de su familia judía que vivían en Toledo del siglo X. Y según mi novia que me acuerdo comentarme algún día que ben en hebreo significa hijo.
En árabe hijo es Ibn. ya veis , ben y ibn.
En la tradicion judia : los ebionitas -Marcos es Mordechai Ben Johanon
-Mateo es Levi Ben Alfeo
De hecho pues, es posible que yo sea descendiente de familia judía de los judíos convertidos al islam o al cristianismo y después al Islam antes de la reconquista de Granada y la expulsión que provoco el éxodo hacia el norte de Marruecos donde corría el rumor que los judíos vivían mejor y se les garantizaban la libertad del culto ,paz y seguridad..
Me llaman de servitaxi y me acerco a plaza Jaume primer de Barcelona. tengo un cliente que sale de la sinagoga del Call , sube, es un señor de 42 años de acento argentino , mas de Buenos aires
le dije que he leído la entrevista que le hicieron en la Vanguardia y que casi compartimos apellido.
me dijo que al principio fue el judaísmo.
digo que al principio fue dios que tomo la buena decisión de no reencarnarse en nadie, sabia que le iban a defraudar....

martes, 31 de marzo de 2009

Estatuto avanzado de la UE con Marruecos: ¿Papeles mojados?

RELACIONES EXTERIORES | Un paso clave para España

Estatuto avanzado de la UE con Marruecos: ¿Papeles mojados?

El rey de Marruecos, Mohamed VI charla con Don Juan Carlos junto a su hermano. | A. Cuéllar.

El rey de Marruecos, Mohamed VI charla con Don Juan Carlos junto a su hermano. | A. Cuéllar.

  • 'España más que ningún otro país, puede salir ganando', afirma una experta
  • 'Los países europeos deben tener cuidado y no elogiar cualquier reforma'
  • 'Más subvenciones sin el control de un Estado de derecho', dicen los críticos
  • Otro analista subraya que 'ni se menciona una Unión Aduanera'

Marruecos se convirtió a finales de 2008 en el primer país al que la Unión Europea (UE) le otorgaba el estatuto avanzado de relaciones bilaterales. Gracias a él, tendrá acceso a determinados programas comunitarios y el disfrute de un marco privilegiado de relaciones políticas, económicas y sociales. Al menos así es como se describió desde las instituciones europeas. Sin embargo, hay quien advierte de que la falta de contenidos concretos amenaza con que se quede en un mero cúmulo de buenas intenciones.

Imagen de archivo de Zapatero y Mohamed VI. | EFE

Ampliar foto

Imagen de archivo de Zapatero y Mohamed VI. | EFE

El Presidente de la delegación del Parlamento Europeo para los países del Magreb, el español del grupo del Partido Popular Europeo Carlos Iturgaiz, tras un reciente viaje con su grupo al país, dijo haber encontrado "un país que quiere mantener un diálogo de iguales con el PE y la UE".

Por su parte, la Comisaria europea de Relaciones Exteriores y Política de Vecindad, Benita Ferrero-Waldner, afirmó el día de la concesión que Marruecos "ha emprendido un ambicioso programa de reformas en todos los sectores" y que "es preciso un vínculo más estrecho con Europa para consolidar los logros y dar un nuevo impulso a su proceso de modernización y transición democrática". Supuestamente, esta nueva fase de integración incorporará "todo menos las instituciones", algo que los especialistas ponen en duda.

Se trata de profundizar en unas relaciones preexistentes que, por cierto, han sido impulsadas de manera especial por el gobierno español. Ya en 2005, el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, proponía un estatus de integración en la Unión Europea "casi idéntico" al de Turquía. La Política Europea de Vecindad, que constituye el marco principal de sus relaciones con sus países vecinos del sur como y del este ha comenzado a desarrollarse con esta nueva generación de acuerdos de la que Marruecos es pionero.

El nivel de acercamiento entre el país musulmán y la UE será determinante también en el marco de las relaciones comerciales con España. Las exportaciones españolas hacia el otro lado del Estrecho de Gibraltar han pasado de los 1.370 millones de euros en el año 2000, a los 3.064 millones en 2007, una cifra que en los diez primeros meses de 2008 ya había sido superada, según datos del Instituto de Comercio Exterior (ICEX).

Consecuencias para España

Carga policial en una manifestación por más empleo en el sector público en Rabat. | Reuters

Ampliar foto

Carga policial en una manifestación por más empleo en el sector público en Rabat. | Reuters

Para Kristina Kausch, investigadora de la Fundación para las Relaciones Internacionales y el Diálogo Exterior (FRIDE), tras la concesión del estatuto "las ventajas a medio y largo plazo para España serán más que las desventajas, siempre suponiendo que la mayor integración vaya acompañada por regulaciones que ayuden a minimizar los riesgos".

El fuerte vínculo entre ambos países hace que, según la analista, exista cierto miedo a que le pueda perjudicar pero, por las mismas razones, España más que ningún otro país, puede salir ganando. "Por ejemplo, ha sido ahora, durante las negociaciones para el estatuto avanzado cuando Marruecos, por primera vez, ha declarado su voluntad de negociar un acuerdo de readmisión para inmigrantes ilegales. Esto es una muy buena noticia particularmente para España".

Alfonso Diez Torres, director general de coordinación e Integración de Asuntos Generales y Económicos de la UE, insiste a elmundo.es sobre la importancia del acercamiento, al ser Marruecos uno de los principales destinos de exportaciones españolas fuera de países OCDE y España es el segundo socio comercial de Marruecos tan sólo por detrás de Francia. "Sin duda las empresas españolas y marroquíes podrán verse beneficiadas por las mayores oportunidades de comercio e inversión".

Quien sí espera más inconvenientes es el catedrático de Derecho Constitucional de Santiago Carlos Ruiz de Miguel quien, en un artículo publicado en Libertad Digital aseguraba que una relación "especial" de Marruecos con la UE supondría que el primero gozara "de mayores subvenciones aún pero sin el control de un Estado de derecho". Para él, que afirma que un "lobby promarroquí opera en España e impregna todas las esferas de influencia y decisión", tal como explica en un artículo publicado por el Grupo de Estudios Estratégicos (GEES), los beneficiados serán el corrupto sistema del Majzén, las empresas españolas, las francesas y los políticos o partidos europeos que son ilegalmente financiados por la monarquía marroquí.

Afirma asimismo que los perjudicados serán los pueblos saharauis, marroquí y España "que ve impotente cómo quienes amenazan la integridad territorial española continúan allegando medios para mejorar un Ejército que algún día se volverá contra nosotros".

"Plantearnos la relación con Marruecos en esos términos es abundar en las percepciones de desconfianza y recelo que, precisamente, queremos contribuir a superar", argumenta en su contra Diez Torres.

Una valla publicitaria del Rey alahuí.

Ampliar foto

Una valla publicitaria del Rey alahuí.

Los cambios siempre suscitan nerviosismo. Cuando España y Portugal accedieron a la entonces Comunidad Europea había ciertos miedos en el resto de la CE respecto a los efectos negativos de esta integración, de las que hoy ya no habla nadie.

Por su parte, Iván Martín, investigador asociado del Instituto Complutense de Estudios Internacionales (ICEI), también cuestiona la ausencia de "cualquier compromiso concreto en alguna de las materias en las que existe un interés más inmediato por parte marroquí: la política agrícola común, la política regional y de cohesión y la movilidad de personas", en un artículo publicado por el Real Instituto Elcano.

Concluye que el alcance del estatuto avanzado -un término, por cierto, creado 'ad hoc' para este acuerdo- tiene un alcance "eminentemente declaratorio", sin carácter vinculante y añade que "elude hacer mención alguna a una posible Unión Aduanera (que añadiría una política comercial común como ya tiene Turquía con la UE desde 1995)".

El potente aliciente de acercarse a Europa

Aparte de las meras cuestiones económicas, Kristina Kausch apunta que se trata de "un gran aliciente para Marruecos que es, a pesar de todo, el país más avanzado democráticamente en el mundo Árabe. La UE ha tenido mucho éxito a la hora de utilizar el incentivo de convertirse en estado miembro en el contexto de sus vecindades hacia el este". De este modo, puede ejercer presión política sobre los gobiernos autocráticos en su vecindad del sur sobre distintos temas de interés para la UE.

Los países europeos deben ser cuidadosos a la hora de elogiar y no tomar cualquier reforma automáticamente como un avance para la democracia. "Por ahora ni se puede hablar de un proceso de democratización. El Rey Mohammed VI no solo tiene la última palabra en la Ejecutiva sino también tiene mucho poder legislativo a través de decretos reales. La mayoría de los proyectos legales importantes no pasan por el Parlamento sino que son un proyecto común del Palacio con los respectivos ministros (los más poderosos son nombrados directamente por el Rey) y, que luego se mandan al Parlamento para su aprobación", explica.

La propia ministra de Desarrollo, Familia y Solidaridad, Nouzha Skalli, aunque mucho más optimista sobre la situación en su país, reconocía en una entrevista con elmundo.es que hace falta mucho tiempo para cambiar "siglos de tradición en Marruecos'.

Los analistas coinciden en que las reformas que se deben abordar de manera más urgente es una significativa transferencia de poder del Rey al Parlamento y al Gobierno, y el establecimiento de una separación de poderes efectiva, porque en esto se basa todo lo demás. Por razones obvias, la elite política no quiere perder sus privilegios, y además tiene miedo de que un cambio rápido pueda desestabilizar el país.

Esta última preocupación la comparte con los gobiernos europeos, lo que podría explicar la relativamente leve presión desde Europa para una democratización genuina.

viernes, 20 de febrero de 2009

Cosas que me fastidian...

No poder tener internet en casa...
al comer el bocata llegar al ultimo pedazo que resulta que es puro pan
Que la ministra de cultura Marroqui no tiene estudios...
Me fastidian los 3 pakistanis que hablan los tres a la vez con mucha comodidad, y me hacen perder la concentracion.

¿ Moro ?

Me llaman el Moro... Y eso? Que les significa y como tengo que entenderlo
la Explicacion del termino sale asi en Wikipedia :

"Moro es el término que históricamente se ha utilizado en España para designar de modo reduccionista y frecuentemente peyorativo a la persona de religión islámica. La palabra moro procede de la latina maurus, que designaba al habitante de la antigua provincia romana de Mauritania.

Historia [editar]
Se dice que en la invasión musulmana de la península Ibérica en el siglo VIII, los moros strictu sensu formaron parte de una pequeña fuerza que conquistó la península en tan solo 7 años, si bien la veracidad de este hecho, así como muchos otros de la conquista musulmana, es discutida por muchos historiadores.
El término «moro» se extendió para designar latamente a los musulmanes en conjunto; el significado etimológico de «oscuro» se reservó para la forma relacionada «moreno», aunque se conservó en locuciones hechas como hierba mora (Solanum nigrum), cuya fruta es de color negro, o para el pelaje uniformemente oscuro del yeguarizo. Eventualmente, durante los ocho siglos de la presencia musulmana, daría en designar a los andalusíes en su conjunto.
El termino sarraceno se utilizaba como sinónimo de moro en el Medievo. Aquellos moros que mantenían su religión en territorios cristianos eran llamados mudéjares.
Se distingue al mismo tiempo moro de moro berberisco, que era aquel que provenía de la zona del Magreb, también conocida hasta épocas muy recientes como Berbería.
Podemos ver un ejemplo del uso oficial de la palabra moro en las Capitulaciones para la entrega de Granada.
En los Triunfos de Sagramor (siglo XVI) nos encontramos con el personaje del moro español que fue a desafiar a los caballeros de la Mesa Redonda.
Finalmente tras la rebelión del Albaicín el 18 de diciembre de 1499, contra la violación de las Capitulaciones de Granada por parte de las autoridades cristianas, se bautizan por decreto real y a la fuerza, a todos los moros de España. A partir de ese momento se les llamará moriscos («que viene de moro»). De 1500 en adelante no se hablará oficialmente de moros, pero se seguirán utilizando otros términos relacionados:
Morisco, para los españoles musulmanes bautizados tras la pragmática de los Reyes Católicos del 14 de febrero de 1502. En 1609 Felipe III de España decretó la expulsión de los moriscos de España.
Moro de paz, término con que eran designados los nativos del Magreb (Berbería) que servían de intermediarios para tratar con los demás moros y pagaban tributos en las antiguas plazas fuertes españolas de África.
Moro de guerra, para los habitantes norteafricanos que eran hostiles a los españoles.
Moro mogataz o simplemente mogataz, para los soldados indígenas, que sin renunciar a su religion musulmana, estaban al servicio de España en las plazas fuertes españolas de África.
El concepto de una raza mora existió en otras culturas europeas. En el inglés isabelino se llamaba Moor a los africanos de religión musulmana, un término que se hizo célebre en su uso por William Shakespeare; Otelo, el moro de Venecia, era de origen subsahariano. La persistencia del sentido original es patente también en el apodo del condottiero Ludovico Sforza, llamado Ludovico il Moro por su tez oscura. Empleado en la etnografía de los siglos XVIII y XIX para designar genéricamente a las poblaciones étnicamente negras del Magreb, cayó en desuso con el avance de la ciencia.

Referencias [editar]
Brun-Boglio, Georgette: Les Maures, terre de Provence, Toulon, Presses du Midi, 1991. ISBN 2-87867-006-X
Burchard Brentjes: Die Mauren. Der Islam in Nordafrika und Spanien (642–1800), Wien, 1989. ISBN 3-7008-0381-8
Michael Brett, Werner Forman: Die Mauren. Islamische Kultur in Nordafrika und Spanien, Luzern, 1986. ISBN 3-7611-0684-X
Andre Clot: Das maurische Spanien. 800 Jahre islamische Hochkultur in Al Andalus. 327 S. m. 21 Abb., 2004, Patmos. ISBN 3-491-96116-5
Arnold Hottinger: Die Mauren — arabische Kultur in Spanien, München, Fink, 2005. ISBN-ISSN-ISMN 3-7705-3075-6
Smith, Colin (ed.) (1988). Christians and Moors in Spain. Volume I: AD 711-1150. Warminster: Aris and Philips. ISBN 0-85668-410-4.

Enlaces externos [editar]
La présence des Noirs sur le sol Européen durant le Moyen-Age : un sujet tabou ?
Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Moro"

viernes, 6 de febrero de 2009

Ateos Y no ateos ,en este taxi pagan igual

Si algo es sorprendente , es nuestra capacidad de copiar . Creo que nos sentimos, los seres humanos mas seguros imitando a otros seres humanos. Mas seguros, porque formar parte de la excepción nos provoca las miradas criticas que a su turno nos provocan pánico y debilitan nuestra auto-seguridad..
Si entras en un sitio y hay cola , haces la cola. En el acensor no se quien ha inventado la regla de mirar todos hacia la puerta, pero igual lo hacemos nada mas porque lo hacen los demás.
Cuando entras en un servicio publico y ves la gente meando y mirando hacia el techo , meas y miras hacia el techo como si fuera un pecado ver tu propio y familiar órgano sacando un simple liquido de color y olor inofensivos. Quien invento esta regla?

Digo eso después de pasar muchas horas en el taxi detrás de autobuses que ponen " Probablemente Dios no existe, deja de preocuparte y disfruta de la vida" . No voy a opinar sobre el contenido del mensaje pero que me explican una cosa:
Porque exactamente después de poco tiempo que esta campaña atea saliese en Inglaterra la tenemos aquí en España, y justo en autobuses? Dirán ; Eh bueno , se ha hecho en Inglaterra y no ha pasado nada.

Que ingenuo!

Obviamente Dios existe, disfruta mas de la vida preocupandote

lunes, 26 de enero de 2009

PROTOCOLO XII

LA LIBERTAD SEGUN LA JUDIOMASONERIA. LA PRENSA BAJO EL PODER JUDIOMASONICO. CONTROL DE LA PRENSA. EL PROGRESO SEGUN LA FRANCMASONERIA. TRASCENDENCIA DE LA PRENSA. SOLIDARIDAD ENTRE LA MASONERIA Y LA PRENSA ACTUAL. ENARDECIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS SOCIALES PROVINCIALES. INFALIBILIDAD DEL NUEVO REGIMEN.
DEFINIREMOS DE LA SIGUIENTE MANERA LA PALABRA LIBERTAD (PORQUE PUEDE INTERPRETARSE DE DIFERENTES MANERAS). LA LIBERTAD ES EL DERECHO A HACER LO QUE PERMITE LA LEY. EN NUESTRO DIA, TAL INTERPRETACION COLOCARA TODA LIBERTAD EN NUESTRAS MANOS; SEGUN EL PROGRAMA EXPUESTO, LAS LEYES DEMOLERAN O INSTITUIRAN LO QUE NOS CONVENGA.
CON LA PRENSA OBRAREMOS DEL MODO SIGUIENTE. ¿QUE PAPEL REPRESENTA ACTUALMENTE LA PRENSA? SIRVE PARA ENCENDER LAS PASIONES Y MANTENER LOS EGOISMOS PARTIDARIOS. ES VANA, INJUSTA, MENTIROSA, Y LA MAYORIA DE LAS PERSONAS NO COMPRENDEN SU UTILIDAD. LA SELLAREMOS Y LE PONDREMOS FRENO, COMO HAREMOS CON LAS DEMAS OBRAS IMPRESAS; ¿DE QUE NOS SERVIRA DESEMBARAZARNOS DE LA PRENSA SI FUESEMOS BLANCO DE LAS DEMAS PUBLICACIONES Y DE LOS LIBROS? TRANSFORMAREMOS LA PUBLICIDAD, QUE AHORA NOS SALE TAN CARA; ES GRACIAS A ESTA QUE HOY PODEMOS CENSURAR LOS PERIODICOS. ESTABLECEREMOS UN IMPUESTO ESPECIAL PARA LA PRENSA. EXIGIREMOS UNA PARTICIPACION EN LAS GANANCIAS DE PERIODICOS Y EDITORAS. ASI, NUESTRO GOBIERNO QUEDARA A SALVO DE LOS ATAQUES DE LA PRENSA. OPORTUNAMENTE, IMPONDREMOS MULTAS INMISERICORDEMENTE. TANTO LAS MULTAS COMO LOS IMPUESTOS ENGROSARAN LOS COFRES DEL ESTADO.
ES CIERTO QUE LOS PERIODICOS DE LOS PARTIDOS PODRIAN RESULTAR MAS PERNICIOSOS QUE LAS PERDIDAS DE DINERO; DE SER ASI, LOS SUPRIMIREMOS A RAIZ DE SU SEGUNDA ACOMETIDA. NADIE HABRA DE MANCHAR EL MITO DE NUESTRA INFALIBILIDAD GUBERNAMENTAL. PARA SUPRIMIR UN PERIODICO, DIREMOS QUE AGITA LOS ANIMOS SIN RAZON Y SIN MOTIVO.
SE HABRA DE NOTAR QUE, ENTRE LOS JORNALES QUE NOS ATAQUEN, HABRA MUCHOS CREADOS POR NOSOTROS MISMOS. ESTOS ATACARAN EXCLUSIVAMENTE LOS PUNTOS QUE DESEAMOS MODIFICAR.
SIN NUESTRO VISTO BUENO, NADA LE SERA COMUNICADO A LA SOCIEDAD. ESTO ULTIMO YA SE HA LOGRADO. HOY DIA, LAS NOTICIAS DE TODAS PARTES DEL MUNDO SON RECIBIDAS POR DIVERSAS AGENCIAS QUE LAS CENTRALIZAN. ESTAS AGENCIAS SON ENTERAMENTE NUESTRAS Y REVELAN SOLAMENTE LO QUE LES PERMITIMOS PUBLICAR.
EN LA ACTUALIDAD, HEMOS SABIDO APODERARNOS DEL ANIMO DE LAS SOCIEDADES CRISTIANAS DE TAL MODO QUE, EN TODAS PARTES, MIREN LOS ACONTECIMIENTOS MUNDIALES A TRAVES DE LOS PRISMAS QUE COLOCAMOS DELANTE DE SUS OJOS. YA NO HAY MUROS EN NINGUN ESTADO QUE NOS IMPIDAN ENTRAR A LO QUE LOS CRISTIANOS DENOMINAN TONTAMENTE SECRETOS DE ESTADO. ¿QUE SERA CUANDO SEAMOS LOS DUEÑOS RECONOCIDOS DEL UNIVERSO EN LA PERSONA DE NUESTRO REY UNIVERSAL?
QUIEN QUIERA SER EDITOR, LIBRERO O IMPRESOR ESTARA OBLIGADO A OBTENER UN DIPLOMA QUE, EN CASO DE SU POSEEDOR COMETER UNA FALTA CUALQUIERA, LE SERA RETIRADO INMEDIATAMENTE. CON TALES MEDIDAS, LA MAQUINA DEL PENSAMIENTO SE CONVERTIRA EN UN MEDIO DE FORMACION EN LAS MANOS DE NUESTROS GOBIERNOS; NUESTRO MANDO NO LES CONSENTIRA QUE LAS MASAS DIVAGUEN SOBRE LA UTILIDAD DEL NUEVO DESARROLLO.
¿QUIEN ENTRE NOSOTROS IGNORA QUE LOS BIENES ILUSORIOS LLEVAN DIRECTAMENTE A LOS SUEÑOS ABSURDOS? DE DICHOS SUEÑOS SE HAN ORIGINADO LAS RELACIONES ANARQUICAS DE LOS HOMBRES ENTRE SI Y CON EL PODER. ES QUE EL PROGRESO, O MEJOR DICHO, LA REPRESENTACION DE TAL LE HA DADO PIE A IDEAS DE INCONTABLES E ILIMITADAS EMANCIPACIONES.
TODOS AQUELLOS QUE LLAMAMOS LIBERALES SON ANARQUISTAS, SI NO DE HECHO, POR LO MENOS DE PENSAMIENTO. PROTESTANDO POR EL MERO PLACER DE REFUNFUÑAR, PERSIGUEN LAS ILUSIONES DE LA LIBERTAD Y CAEN EN LA ANARQUIA.
VOLVAMOS A LA PRENSA. LE IMPONDREMOS GRAVAMENES COMO A TODO CUANTO SE IMPRIMA. SERAN IMPUESTOS ASCENDIENTES SEGUN EL NUMERO DE FOLIOS. LAS PUBLICACIONES DE MENOS DE 30 PAGINAS, REGISTRADAS COMO FOLLETOS, TRIBUTARAN EL DOBLE; SE BUSCA ASI, POR UNA PARTE, REDUCIR EL NUMERO DE REVISTAS, QUE SON EL PEOR DE LOS VENENOS Y, POR OTRA, OBLIGAR A LOS ESCRITORES A PRODUCIR LIBROS TAN LARGOS Y CAROS QUE SE LEAN POCO. POR EL CONTRARIO, LOS QUE EDITEMOS NOSOTROS PARA EL BIEN COMUN Y CON LA TENDENCIA ESTABLECIDA SERAN ECONOMICOS Y LEIDOS POR TODOS. LOS IMPUESTOS ACABARAN CON EL VANO DESEO DE ESCRIBIR, Y EL MIEDO A LA SANCION SOMETERA A LOS LITERATOS.
SI ALGUIEN VOLVIESE SU PLUMA CONTRA NOSOTROS, NO HALLARA QUIEN QUIERA IMPRIMIR SUS ESCRITOS. ANTES DE CONSENTIR A IMPRIMIR UNA OBRA, EL EDITOR O IMPRESOR CONSULTARA A LAS AUTORIDADES A FIN DE OBTENER LA AUTORIZACION NECESARIA. DE ESTE MODO, CONOCEREMOS DE ANTEMANO LAS EMBOSCADAS QUE NOS TIENDAN Y CONTRATACAREMOS, DANDO EXPLICACIONES CON ANTECEDENTES SOBRE EL ASUNTO TRATADO.
LA LITERATURA Y EL PERIODISMO SON LOS MEDIOS EDUCATIVOS MAS IMPORTANTES. POR ESO, NUESTRO GOBIERNO SERA EL PROPIETARIO DE LA MAYORIA DE LOS PERIODICOS. ASI, LA INFLUENCIA PERNICIOSA DE LA PRENSA PARTICULAR QUEDARA NEUTRALIZADA Y OBTENDREMOS UNA AUTORIDAD ENORME SOBRE EL PUBLICO. SI AUTORIZAMOS LA PUBLICACION DE DIEZ PERIODICOS, FUNDAREMOS TREINTA DE LOS NUESTROS.
LOS PERIODICOS QUE EDITEMOS SERAN, APARENTEMENTE, DE TENDENCIAS Y OPINIONES OPUESTAS. ESTO HABRA DE INDUCIRLES CONFIANZA A TODOS Y HABRA DE ATRAER, SIN RECELO, A ADVERSARIOS QUE CAERAN EN LA TRAMPA Y SE VOLVERAN INOFENSIVOS.
EN PRIMERA PLANA, DESPLEGAREMOS LOS ORGANOS DE CARACTER OFICIAL; ESTOS SIEMPRE VELARAN POR NUESTROS INTERESES Y NO NOS HABRAN DE QUITAR EL SUEÑO. EN SEGUNDO LUGAR, COLOCAREMOS LOS OFICIOSOS, CUYO PAPEL SERA EL DE ATRAER A LOS INDIFERENTES Y A LOS AMORFOS. EN LA TERCERA FILA, INSTALAREMOS A LA PRESUNTA OPOSICION: AL MENOS UN PERIODICO COLABORARA CON NOSOTROS COMO EL ANTIPODA DE NUESTRAS IDEAS. NUESTROS ADVERSARIOS TOMARAN A ESTE FALSO OPOSITOR COMO SU ALIADO Y SE NOS REVELARAN POR EL.
NUESTROS PERIODICOS SERAN DE TODAS LAS TENDENCIAS: ARISTOCRATICOS, REPUBLICANOS, REVOLUCIONARIOS Y HASTA ANARQUISTAS; ESTO, POR SUPUESTO, MIENTRAS DURE LA CONSTITUCION. TENDRAN, COMO EL DIOS INDIO VISNU, CIEN MANOS, CADA UNA DE LAS CUALES ACELERARA LA TRANSMUTACION DE LA SOCIEDAD. ESTAS MANOS CONDUCIRAN LA OPINION COMO LE CONVENGA A NUESTROS INTERESES (UN HOMBRE ALTERADO PIERDE LA FACULTAD DE RAZONAR Y SE ABANDONA FACILMENTE A LA SUGESTION). LOS IMBECILES QUE CREAN SEGUIR LA OPINION DE SU PARTIDO REPETIRAN LA NUESTRA, O LA QUE NOS CONVENGA. SE VERAN SIGUIENDO EL ORGANO DE SU PARTIDO SIN SABER QUE, EN REALIDAD, ESCOLTAN LA BANDERA QUE ENARBOLAMOS ANTE SUS OJOS.
PARA DIRIGIR EN DICHO RUMBO NUESTRO EJERCITO DE PERIODISTAS, ORGANIZAREMOS ESTA LABOR CUIDADOSAMENTE. BAJO EL NOMBRE DE OFICINA CENTRAL DE LA PRENSA ESTABLECEREMOS REUNIONES LITERARIAS EN LAS QUE NUESTROS AGENTES DARAN, SIN QUE NADIE SOSPECHE, LA PALABRA DE ORDEN Y LAS NORMAS. DISCUTIENDO Y CONTRADICIENDO NUESTRAS INICIATIVAS DE UNA MANERA SUPERFICIAL, SIN PENETRAR EL FONDO DE LOS ASUNTOS, SOSTENDRAN INUTILES POLEMICAS CON LOS PERIODICOS OFICIALES A FIN DE PROCURARNOS LOS MEDIOS DE PRONUNCIARNOS MAS CLARAMENTE, LO QUE NO ES CONVENIENTE HACER DURANTE LAS PRIMERAS DECLARACIONES OFICIALES.
ESTOS ATAQUES SERVIRAN, ADEMAS, PARA QUE NUESTROS SUBDITOS JUZGUEN GARANTIZADA LA LIBERTAD DE PALABRA. ASI, NUESTROS AGENTES TENDRAN PRETEXTOS PARA AFIRMAR QUE QUIENES NOS IMPUGNAN SON UNOS CHARLATANES SIN ARGUMENTACION PARA REFUTAR SERIAMENTE NUESTROS PROYECTOS.
TALES PROCESOS, INADVERTIDOS PARA LA OPINION PUBLICA PERO SEGUROS, NOS ATRAERAN CIERTAMENTE LA ATENCION Y LA CONFIANZA PUBLICA. GRACIAS A ELLOS, AGITAREMOS O CALMAREMOS LOS ANIMOS EN CUESTIONES POLITICAS SEGUN SEA PRECISO, CONVENCIENDO O SUSCITANDO DUDAS, PUBLICANDO LA VERDAD O LA MENTIRA, CONFIRMANDO O CONTRADICIENDO SEGUN EL EFECTO DESEADO, PERO TANTEANDO SIEMPRE EL TERRENO QUE HABREMOS DE PISAR.
VENCEREMOS A NUESTROS ADVERSARIOS PORQUE ELLOS NO DISPONDRAN DE ORGANOS QUE PUEDAN DIRIGIR LA OPINION HASTA LAS ULTIMAS CONSECUENCIAS, COMO NOSOTROS. NO TENDREMOS NI SIQUIERA NECESIDAD DE LARGAS Y PROFUNDAS REFUTACIONES. EN CASO DE NECESIDAD, REFUTAREMOS ENERGICAMENTE EN LA PRENSA OFICIOSA LOS GLOBOS DE ENSAYO LANZADOS POR NOSOTROS MISMOS EN LA TERCERA CATEGORIA DE NUESTRA PRENSA.
EN ESTE MOMENTO, EXISTE YA LA SOLIDARIDAD FRANCMASONICA DENTRO DEL MARCO DEL PERIODISMO FRANCES. TODOS LOS ORGANOS DE LA PRENSA ESTAN LIGADOS ENTRE SI POR EL SECRETO PROFESIONAL; COMO LOS ANTIGUOS AUGURES, NINGUNO DE SUS INTEGRANTES REVELARA EL SECRETO SI NO RECIBE LA ORDEN DE HACERLO. NINGUN PERIODISTA OSARA TRAICIONAR ESTE SECRETO, YA QUE NO SERA ADMITIDO A LA PROFESION QUIEN NO TENGA EN SU PASADO ALGUNA FALTA VERGONZOSA: EN CASO DE DESLEALTAD, ESTA MANCHA SERA INMEDIATAMENTE REVELADA. MIENTRAS QUE ESTOS ESTIGMAS SEAN CONOCIDOS SOLAMENTE POR UNOS POCOS, LA AUREOLA DEL PERIODISTA SEGUIRA ATRAYENDONOS LA OPINION DE LA MAYORIA QUE LE SIGUE CON ENTUSIASMO.
NUESTROS CALCULOS SE PROYECTAN PRINCIPALMENTE SOBRE LAS PROVINCIAS. ES NECESARIO QUE EXCITEMOS EN ELLAS ESPERANZAS Y ASPIRACIONES OPUESTAS A AQUELLAS DE LA CAPITAL, QUE HAREMOS PASAR COMO ESPONTANEAS. CLARO ESTA QUE LA FUENTE DE LA DISCORDIA SIEMPRE SEREMOS NOSOTROS.
MIENTRAS NO DISFRUTEMOS DEL PODER ABSOLUTO, TENDREMOS NECESIDAD DE ARROLLAR LAS CAPITALES CON LAS OPINIONES DEL PUEBLO PROVINCIAL, ES DECIR, POR LA MAYORIA MANEJADA POR NUESTROS DELEGADOS. ES NECESARIO QUE EN LAS CAPITALES, EN EL MOMENTO CRITICO, NO SE DISCUTA EL HECHO CONSUMADO POR HABER SIDO YA ACEPTADA POR LA MAYORIA PROVINCIAL.
CUANDO PASEMOS AL NUEVO REGIMEN QUE PREPARARA LA LLEGADA DE NUESTRO REINADO, NO PODREMOS TOLERAR LA REVELACION DE LA DESHONESTIDAD PUBLICA POR LA PRENSA. SERA NECESARIO QUE SE CREA QUE EL NUEVO REGIMEN SATISFACE DE TAL MODO A TODOS QUE HASTA LOS CRIMENES DESAPARECEN. LOS CASOS DE MANIFESTACIONES CRIMINALES SERAN CONOCIDOS SOLAMENTE POR LAS VICTIMAS Y LOS TESTIGOS PRESENCIALES.

PROTOCOLO VII

OBJETO DE LAS ALZAS ARMAMENTICIAS. FERMENTACION, LUCHAS Y DISCORDIAS EN EL MUNDO ENTERO. SOMETIMIENTO DE LOS GENTILES POR MEDIO DE GUERRAS INTERNAS Y POR LA GUERRA MUNDIAL. EL SECRETO CONSIDERADO COMO ARTE DE LA POLITICA Y DE LA JUDIOMASONERIA. LA PRENSA, LA OPINION PUBLICA Y NUESTRO TRIUNFO. LOS SEÑORES AMERICANOS, JAPONESES Y CHINOS.
LA INTENSIFICACION DEL SERVICIO MILITAR Y EL AUMENTO DE LAS FUERZAS DE POLICIA SON ESENCIALES PARA LA REALIZACION DE LOS PLANES INDICADOS. ES PRECISO QUE, FUERA DE NUESTRA ORBITA, EL PAIS QUEDE REDUCIDO A UNA GRAN MASA PROLETARIA DE DONDE SACAR INDIVIDUOS CONVERTIDOS EN SOLDADOS Y AGENTES DE POLICIA SUMISOS A NUESTRA CAUSA.
EN TODA EUROPA, Y CON LA AYUDA DE EUROPA, DEBEMOS SUSCITAR EN LOS DEMAS CONTINENTES LA DISCORDIA, LAS DISENSIONES Y LA MUTUA HOSTILIDAD. ASI TENDREMOS UNA DOBLE VENTAJA: EN PRIMER LUGAR, NOS RESPETARAN EN TODOS LOS PAISES Y ASI SABRAN QUE PODEMOS, CUANDO QUERAMOS, PROVOCAR EL DESORDEN O RESTABLECER EL ORDEN, POR OTRO, TODOS LOS ESTADOS SE ACOSTUMBRARAN DE ESTE MODO A CONSIDERARNOS COMO UNA CARGA NECESARIA; EN SEGUNDO LUGAR, ENVOLVEREMOS CON INTRIGAS A LOS MINISTERIOS DE TODOS LOS GOBIERNOS, YA SEA POR NUESTRA POLITICA O POR MEDIO DE CONTRATOS COMERCIALES Y OBLIGACIONES FINANCIERAS...
PARA CONSEGUIR ESTE OBJETIVO, SERA PRECISO RECURRIR A INFINIDAD DE ENGAÑOS Y ARTIFICIOS DURANTE LAS NEGOCIACIONES Y LOS DEBATES; PERO CUANDO LLEGUEMOS A ESO QUE LLAMAN LA LENGUA OFICIAL, ADOPTAREMOS LA TACTICA OPUESTA, APARENTANDO SER SUMAMENTE HONRADOS Y CONCILIADORES. DE ESTE MODO, LOS GOBIERNOS DE LOS GENTILES, A QUIENES HEMOS ACOSTUMBRADO A VER UNICAMENTE EL LADO MAS DESLUMBRADOR DE LOS NEGOCIOS QUE ES EL QUE SIEMPRE LES PRESENTAMOS NOS CONSIDERARAN TODAVIA LOS BIENHECHORES Y SALVADORES DE LA HUMANIDAD.
TENEMOS QUE ESTAR PREPARADOS PARA LIDIAR CON QUIENES SE OPONGAN A NUESTROS PROYECTOS. SI FUERA NECESARIO, QUE EL PAIS VECINO LE DECLARE LA GUERRA A LA NACION QUE PRETENDA OBSTACULIZARNOS. PERO SI AMBOS SE UNIERAN CONTRA NOSOTROS, ENTONCES DESENCADENAREMOS UNA GUERRA MUNDIAL.
EN POLITICA, EL TRIUNFO DEFINITIVO DEPENDE ESENCIALMENTE DE LA RESERVA CON QUE SE HAYA GUARDADO EL PLAN A EFECTUAR. LOS ACTOS DE UN DIPLOMATICO NO DEBEN CORRESPONDER NUNCA CON SUS PALABRAS.
YA EL PROYECTO MUNDIAL SE APROXIMA A LOS FINES PLANTEADOS ANTERIORMENTE. PARA LOGRAR SU EXITO TOTAL, NECESITAMOS CONVENCER A LOS GOBIERNOS DE LOS GENTILES MEDIANTE LO QUE VULGARMENTE SE LLAMA LA OPINION PUBLICA. EL CRITERIO POPULAR HA SIDO PREDISPUESTO POR NOSOTROS MEDIANTE LA PRENSA: ESTA GRAN POTENCIA SE HALLA EN NUESTRAS MANOS EN SU CASI TOTALIDAD.
LLEGARA EL MOMENTO DE DEMOSTRAR QUE TODOS LOS GOBIERNOS EUROPEOS DE LOS GOIM ESTAN ESCLAVIZADOS. SOMETEREMOS A UNO DE ELLOS A LA GRAN PRUEBA SOBRE NUESTRO GRAN PODER. NOS SERVIREMOS DE ATROPELLOS Y CRIMENES, VALIENDONOS DEL TERROR. DE DARSE EL CASO DE QUE, INDIGNADOS, LOS OTROS SE PUSIERAN EN CONTRA NUESTRA, LES RESPONDERIAMOS CON LOS PODERES BELICOS AMERICANOS, CHINOS O JAPONESES.

PROTOCOLO VI

LOS MONOPOLIOS: LAS FORTUNAS DE LOS GOIM ESTAN EN NUESTRO PODER. EXPULSION DE LA ARISTOCRACIA DE SUS PROPIEDADES TERRITORIALES. COMERCIO. INDUSTRIA. ESPECULACION. DESARROLLO DEL LUJO. AUMENTO DE LOS SALARIOS Y ENCARECIMIENTO DE LOS ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD. ANARQUIA Y ALCOHOLISMO. OBJETO SECRETO DE LA PROPAGANDA DE LAS DOCTRINAS ECONOMICAS.
CREAREMOS EN BREVE ENORMES MONOPOLIOS, COLOSALES RESERVAS DE RIQUEZAS DE LAS CUALES DEPENDERAN LAS FORTUNAS DE LOS GENTILES; ESTOS MONOPOLIOS DEVORARAN EL PATRIMONIO DE LOS CRISTIANOS JUNTO CON EL CREDITO DE SUS GOBIERNOS CUANDO PRODUZCAMOS LA CATASTROFE POLITICA. (SE SOBRENTIENDE QUE LOS JUDIOS RETIRARAN SUS CAPITALES EN EL MOMENTO OPORTUNO.) LOS ECONOMISTAS AQUI REUNIDOS DEBEN CONSIDERAR LA IMPORTANCIA DE ESTA COMBINACION.
PRECISAMOS EMPLEAR TODOS LOS MEDIOS DISPONIBLES PARA QUE EL GOBIERNO SUPREMO SEA REPRESENTADO COMO PROTECTOR Y REMUNERADOR DE QUIENES SE SOMETAN VOLUNTARIAMENTE.
LA ARISTOCRACIA DE LOS GENTILES DESAPARECE COMO FUERZA POLITICA. YA NO TENEMOS QUE CONTAR CON ELLA. SIN EMBARGO, COMO PROPIETARIOS DE TIERRAS, LOS ARISTOCRATAS SON TODAVIA PELIGROSOS PORQUE SU INDEPENDENCIA SE SOSTIENE SOBRE RECURSOS PROPIOS. ES PRECISO, POR TANTO, DESPOJARLOS DE SUS TIERRAS. PARA LOGRARLO, EL MEDIO PREFERIDO ES EL ALZA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LOS BIENES RAICES, DE MODO QUE LAS RENTAS SE REDUZCAN Y LOS GENTILES SE ARRUINEN.
ES NECESARIO QUE AL MISMO TIEMPO PROTEJAMOS EL COMERCIO Y LA INDUSTRIA. SOBRE TODO DEBEMOS PROTEGER LA ESPECULACION QUE LE SIRVE DE CONTRAPESO A LA INDUSTRIA. SIN LA ESPECULACION, LA INDUSTRIA MULTIPLICARIA LOS CAPITALES PRIVADOS Y EMANCIPARIA A LA AGRICULTURA DE LAS DEUDAS E HIPOTECAS CONTRAIDAS CON LOS BANCOS RURALES. ES ESENCIAL QUE LA INDUSTRIA ABSORBA TODAS LAS RIQUEZAS DEL TRABAJO Y QUE LA ESPECULACION PONGA EN NUESTRAS MANOS EL DINERO DE TODO EL MUNDO. PROCEDIENDO ASI, TODOS LOS GENTILES SERAN LANZADOS A LAS FILAS DEL PROLETARIADO Y SE DOBLEGARAN ANTE NOSOTROS PARA PODER TENER EL DERECHO DE VIVIR.
PARA ARRUINAR LA INDUSTRIA DE LOS GENTILES Y ACTIVAR LA ESPECULACION, FAVORECEREMOS EL AMOR AL LUJO. AUMENTAREMOS LOS SALARIOS, LO QUE NO PROPORCIONARA VENTAJA ALGUNA A LOS OBREROS, PUESTO QUE, AL MISMO TIEMPO, ELEVAREMOS LOS PRECIOS DE TODOS LOS GENEROS DE PRIMERA NECESIDAD CON EL PRETEXTO DE LAS MALAS COSECHAS.
ADEMAS, DESORGANIZAREMOS LA PRODUCCION, SEMBRANDO LOS GERMENES DE LA ANARQUIA ENTRE LOS OBREROS Y HABITUANDOLOS AL ALCOHOL. AL MISMO TIEMPO, POR TODOS LOS MEDIOS IMAGINABLES, EXPULSAREMOS A LA INTELECTUALIDAD CRISTIANA DEL CORAZON DE LA SOCIEDAD. PARA EVITAR QUE DICHO ESQUEMA SEA DESCUBIERTO Y QUE LOS GENTILES SE DEN CUENTA PREMATURAMENTE DEL VERDADERO ASPECTO DE LOS NEGOCIOS, DISIMULAREMOS NUESTROS DESIGNIOS CON EL PRETEXTO DE SERVIR A LAS CLASES TRABAJADORAS Y DE PROPAGAR LOS GRANDES PRINCIPIOS ECONOMICOS QUE PREDICAMOS.

PROTOCOLO V


ORGANIZACION CENTRALIZADA. MEDIOS DE LLEGAR AL PODER POR LA MASONERIA. CAUSAS DE LA IMPOSIBILIDAD DE ENTENDIMIENTO ENTRE LOS ESTADOS. EL ORO, MOTOR DE LOS MECANISMOS GUBERNAMENTALES. LOS MONOPOLIOS DEL COMERCIO Y LA INDUSTRIA. IMPORTANCIA DE LA CRITICA. COMO CAPTARSE LA OPINION PUBLICA. IMPORTANCIA DE LA INICIATIVA PERSONAL. EL GOBIERNO SUPREMO.
¿QUE GOBIERNO PUEDE RESULTAR DE LA CONFUSION Y LA CORRUPCION GENERAL, DE DONDE LA RIQUEZA SE ADQUIERE POR LA ASTUCIA Y EL FRAUDE, DEL DESORDEN, DE DONDE LA ETICA SE IMPONE POR SANCION EN VEZ DE CONSENTIMIENTO, EN DONDE LOS SENTIMIENTOS DE PATRIA Y RELIGION HAN CEDIDO ANTE EL EMPUJE DE LAS TEORIAS LIBERALES?¿QUE ESTILO DE GOBIERNO MAS QUE EL DESPOTISMO PUEDE REGIR A ESTAS SOCIEDADES?
LOS JUDIOS QUEREMOS ESTABLECER UN TODOPODEROSO GOBIERNO CENTRAL QUE NOS PERMITA MANEJAR A TODAS LAS FUERZAS SOCIALES. LEGISLAREMOS LA VIDA POLITICA DE NUESTROS SUBDITOS CONSIDERANDOLOS COMO PIEZAS DEL ENGRANAJE DE UNA MAQUINA. LA LEGISLATURA LOS IRA DESPOJANDO GRADUALMENTE DE LAS LIBERTADES Y LOS PRIVILEGIOS QUE LOS CRISTIANOS LES HABIAN CONCEDIDO. NUESTRO GOBIERNO ALCANZARA TAL GRADO DE DESPOTISMO QUE PODREMOS DESPEDAZAR Y SOJUZGAR A LOS OPOSITORES Y A LOS DESCONTENTOS CUANDO Y DONDE SEA.
PERO CUANDO SE NOS DIGA QUE ESTE DESPOTISMO DE QUE HABLO NO ESTA EN ARMONIA CON LOS PROGRESOS MODERNOS, YO DEMOSTRARE LO CONTRARIO.
CUANDO LOS PUEBLOS CREIAN QUE LOS SOBERANOS ERAN EMANACIONES DE LA VOLUNTAD DIVINA, SE SOMETIAN SIN CHISTAR AL DESPOTISMO DE SUS MONARCAS. SIN EMBARGO, DESDE QUE LE INOCULAMOS AL POPULACHO LA NOCION DE SUS PROPIOS DERECHOS, CONSIDERAN A LOS REYES COMO SIMPLES MORTALES. EN CUANTO LES QUITAMOS SU FE RELIGIOSA, LA AUTORIDAD PASO A LA CALLE, COMO SI FUERA DE PROPIEDAD PUBLICA, Y NOS APODERAMOS DE ESTA. ADEMAS DE RECURRIR A TODO GENERO DE ESTRATAGEMAS, NUESTROS DIRIGENTES GOBIERNAN TANTO A LAS MASAS COMO A LOS INDIVIDUOS: SE VALEN DE UNAS TEORIAS Y UNA FRASEOLOGIA HABILMENTE COMBINADAS SIN PRODUCIR REGLAS PARA LA VIDA SOCIAL.
ESTAS TEORIAS, DE LAS CUALES LOS GENTILES NO COMPRENDEN ABSOLUTAMENTE NADA, SE ACOMODAN A NUESTRO GENIO ADMINISTRATIVO, FUNDADO EN EL ANALISIS Y LA OBSERVACION, MATIZADO POR SUTILEZAS CONCEPTUALES SIN RIVAL: NO HAY NADIE TAN DUCHO COMO NOSOTROS EN LA PREPARACION DE PLANES DE ACCION POLITICA Y DE SOLIDARIDAD. SOLO CONOCEMOS UNA SOCIEDAD QUE PUEDE AVENTAJARNOS EN LA CIENCIA DE GOBERNAR: LA COMPAÑIA DE JESUS; PERO PODEMOS DESACREDITAR A LOS JESUITAS, QUE NO SE OCULTAN, MIENTRAS QUE NUESTRA ORGANIZACION SE ESCUDA SIEMPRE EN EL SECRETO.
POR OTRA PARTE, ¿QUE LE IMPORTA AL MUNDO QUE EL AMO QUE LE TOQUE TENER SEA EL JEFE DE LA IGLESIA CRISTIANA O UN DESPOTA DE LA SANGRE DE SION?PERO PARA NOSOTROS, EL PUEBLO ELEGIDO, ESTO TIENE UNA GRAN IMPORTANCIA.
EN ALGUN MOMENTO, UNA COALICION DE CRISTIANOS PODRIA DOMINARNOS. NO OBSTANTE, ESTAMOS PROTEGIDOS CONTRA ELLOS POR LA PROFUNDA DISCORDIA Y EL INTENSO ODIO QUE HEMOS SEMBRADO EN SUS CORAZONES. HEMOS LOGRADO DESARTICULAR A LOS GENTILES, ENFRENTANDO A LOS UNOS CONTRA LOS OTROS EN SUS CALCULOS INDIVIDUALES Y NACIONALES, CON ABORRECIMIENTOS RELIGIOSOS Y ETNICOS QUE LLEVAMOS ALIMENTANDO VEINTE SIGLOS. DE AHI QUE NINGUN GOBIERNO CRISTIANO ENCUENTRE APOYO EN EL DE SU VECINO EN CONTRA NUESTRA; CADA UNO CONSIDERARA QUE UNA ACCION CONTRA NOSOTROS LE PODRIA COSTAR CARA. ¡SOMOS YA PODEROSOS! LAS POTENCIAS NO PUEDEN CONCLUIR NINGUN ACUERDO SIN CONTAR CON NOSOTROS.
PER ME REGES REGNAT: POR MI REINAN LOS REYES. NUESTROS PROFETAS NOS DICEN QUE SOMOS LOS ELEGIDOS POR DIOS MISMO PARA GOBERNAR LA TIERRA. DIOS NOS DIO EL TALENTO PARA QUE PUDIERAMOS REALIZAR ESTA OBRA. SI SURGIERA UN GENIO EN EL CAMPO ENEMIGO PODRIA COMBATIRNOS. MAS EL RECIEN VENIDO NO PODRIA CON LOS VIEJOS LUCHADORES DE NUESTRA RAZA. LA LUCHA SERIA SIN CUARTEL, COMO EL MUNDO NUNCA HA PRESENCIADO. ES MUY TARDE YA PARA LOS GENIOS CRISTIANOS.
TODOS LOS ENGRANAJES DEL MECANISMO DEL ESTADO DEPENDEN DE UN MOTOR QUE ESTA ENTRE NUESTRAS MANOS: EL ORO. LA CIENCIA DE LA ECONOMIA POLITICA, ELABORADA POR NUESTROS SABIOS, NOS DEMUESTRA QUE EL PODER DEL CAPITAL SOBREPASA AL PRESTIGIO DE LOS GOBERNANTES.
PARA TENER LIBERTAD DE ACCION, EL CAPITAL DEBE MONOPOLIZAR LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO. UNA MANO INVISIBLE ESTA LOGRANDO YA ESTO EN CASI TODO EL MUNDO. TAL VENTAJA LES PROPORCIONARA PODER POLITICO A LAS INDUSTRIAS Y EL PUEBLO ACABARA SIENDO SOMETIDO.
ACTUALMENTE, VALE MAS DESARMAR AL PUEBLO QUE LLEVARLO A LA GUERRA, UTILIZAR LAS PASIONES ENCENDIDAS QUE CALMARLAS, APODERARSE DE LAS IDEAS AJENAS Y SERVIRSE DE ELLAS QUE DESECHARLAS.
EL OBJETIVO PRINCIPAL DE NUESTRO GOBIERNO SECRETO ES DEBILITAR EL PENSAMIENTO PUBLICO MEDIANTE LA CRITICA. DEBEMOS HACERLES PERDER EL HABITO DE PENSAR PORQUE LA REFLEXION ENGENDRA OPOSICION. DEBEMOS DISTRAER LOS ESPIRITUS CON ESCARAMUZAS DE ELOCUENCIA.
EN TODOS LOS TIEMPOS, TANTO LOS PUEBLOS COMO LOS INDIVIDUOS HAN TOMADO LAS PALABRAS COMO REALIDADES; QUEDAN SATISFECHOS CON LA APARIENCIA DE LAS COSAS Y RARAMENTE SE OCUPAN DE OBSERVAR SI LAS PROMESAS RELATIVAS A LA VIDA SOCIAL SE CUMPLIERON O NO: POR TAL, NUESTRAS INSTITUCIONES POSEERAN UNA BELLA FACHADA QUE HABLE ELOCUENTEMENTE DE LO QUE HAN APORTADO AL PROGRESO.
NOS APROPIAREMOS DE LA FISONOMIA DE TODOS LOS PARTIDOS Y TODAS LAS TENDENCIAS. LOS ORADORES QUE INFILTREMOS ENTRE ELLOS SERAN TAN LOCUACES QUE LLEGARAN A FATIGAR AL PUEBLO CON SUS DISCURSOS, AL PUNTO DE HACERSELES INSOPORTABLES.
PARA TOMAR LAS RIENDAS DE LA OPINION PUBLICA, ES PRECISO EMBARULLARLA HASTA LA PERPLEJIDAD, REGANDO DE UNA MISMA VEZ POR TODAS PARTES IDEAS Y OPINIONES CONTRADICTORIAS; DE ESTA FORMA, LOS GENTILES SE PERDERAN EN UN LABERINTO, PERSUADIENDOSE DE QUE, EN MATERIA DE POLITICA, ES MEJOR NO TENER OPINION. SE CONVENCERAN POR FIN DE QUE ESTA MATERIA NO PUEDE SER DOMINADA POR EL PUBLICO, SINO EXCLUSIVAMENTE POR AQUELLOS QUE DIRIGEN. ESTE ES EL PRIMER SECRETO.
EL SEGUNDO SECRETO PARA GOBERNAR CON EXITO CONSISTE EN MULTIPLICAR AL EXTREMO LOS DESACIERTOS POPULARES, LAS COSTUMBRES, LAS PASIONES Y LAS REGLAS DE LA VIDA COMUN DEL PAIS; ASI, NADIE SERA CAPAZ DE PENSAR CON CLARIDAD ENTRE EL CAOS QUE SE ARME Y LOS HOMBRES TERMINARAN POR NO ENTENDERSE LOS UNOS A LOS OTROS. ESTA TACTICA SEMBRARA LA DISCORDIA EN TODOS LOS PARTIDOS, DISOLVIENDO LOS COLECTIVOS QUE NO QUIERAN SOMETERSENOS; TAMBIEN DESANIMARA CUALQUIER INICIATIVA, POR GENIAL QUE SEA. NO HAY NADA MAS PELIGROSO QUE LA INICIATIVA PERSONAL; SI ESTA FUERA PRODUCTO DE UN GRAN CEREBRO, PODRIA HACERNOS MUCHO MAS DAÑO QUE LOS MILLONES DE INDIVIDUOS QUE HEMOS LANZADO A ENTREMATARSE.
PRECISAMOS DIRIGIR LA EDUCACION DE LAS SOCIEDADES CRISTIANAS DE MANERA QUE, CUANDO TRATEN DE PROCEDER POR INICIATIVA PROPIA, SE DESESPEREN Y TENGAN QUE DECLARARSE VENCIDAS. EL ESFUERZO QUE UNO EJERCE LIBREMENTE SE CANCELA CON LOS IMPULSOS LIBRES DE LOS OTROS; DE AHI NACEN LOS CONFLICTOS MORALES, LAS DECEPCIONES Y LOS DESENCANTOS. FATIGAREMOS TANTO A LOS CRISTIANOS CON ESA LIBERTAD QUE SE VERAN OBLIGADOS A OFRECERNOS UN PODER INTERNACIONAL QUE PODRA ACAPARAR LOS PODERES GUBERNAMENTALES DE TODOS Y FORMAR UN GOBIERNO SUPREMO UNIVERSAL. REEMPLAZAREMOS LOS GOBIERNOS ACTUALES POR UN ESPANTAJO QUE DENOMINAREMOS ADMINISTRACION DEL GOBIERNO SUPREMO. SUS TENTACULOS SE EXTENDERAN POR TODAS PARTES Y DISPONDRA DE UNA ORGANIZACION COLOSAL QUE DEBERA SOMETER POR FUERZA A TODAS LAS NACIONES